Para un afiliado es importante conocer cómo se liquidará su pensión dependiendo del régimen pensional en el que se encuentra, en Colombia existen dos regímenes, uno el régimen de prima media (RPM) conocido como Colpensiones y el otro régimen de ahorro individual con solidad (RAIS) conocido como los fondos privados de pensiones entre los que se encuentran Colfondos, Porvenir, Protección, entre otros.
En Colpensiones, el afiliado se pensiona cuando ha cumplido los requisitos mínimos: 62 años si es hombre y 57 si es mujer. En ambos casos, debe haber cotizado por lo menos 1.300 semanas. El monto mensual de la pensión de vejez dependerá de un cálculo actuarial donde el porcentaje será entre el 65% y el 80% del ingreso base de liquidación (IBL) este concepto de calcula dependiendo de dos variables la primera el promedio de los 10 últimos años cotizados o de toda su vida laboral y la segunda, si el afiliado cotizó más de 1.300 semanas, por cada 50 semanas cotizadas de forma adicional, el porcentaje de la pensión será incrementado en un 1.5% del ingreso base de liquidación. El valor de la mesada pensional no puede ser menor al salario mínimo legal mensual vigente ni superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En los fondos privados, existen varias modalidades para la administración y financiamiento de la pensión, pero en términos generales los requisitos para obtener la pensión por vejez es cumplir la edad 57 años mujer y 62 años hombre, y tener ahorrado en la cuenta un capital que permita financiar una pensión igual o superior al 70% del Ingreso Base de Liquidación (IBL) o del 110% del salario mínimo mensual legal vigente, además del bono pensional en caso de haber cotizado alguna vez en Colpensiones o lo que se conoció como el ISS.
Sin embargo, si al cumplir la edad de pensión, los ahorros no son suficientes para financiar una pensión de vejez y has logrado cotizar mínimo 1.150 semanas, podrás obtener la garantía de una pensión vitalicia de un salario mínimo mensual legal vigente. Dentro de este régimen el cálculo es muy variable porque se tienen en cuenta factores económicos como el IPC, el salario mínimo, el balance de inversión de la AFP en la que se puede ver beneficiado o afectado el ahorro y traer consecuencias graves para el afiliado porque lo que más importa es el monto total de ahorros que la persona acumulo durante su vida laboral.
Es importante conocer previamente el valor aproximado de la mesada pensional, debido a que luego de ser reconocido a través de la resolución emitida por la entidad correspondiente se tiene un termino de 10 día hábiles para impugnar la decisión y este calculo serviría como prueba para debatir la decisión. Además, permite encontrar inconsistencias dentro de la historia laboral del afiliado para realizar con tiempo los respectivos tramites en pro de corregir o subsanar información.
Maria Camila Mejía M.