Como bien es sabido, el retiro de cesantías está condicionado a ciertos requisitos que deben ser demostrados por el empleado a la hora de solicitarlas en los fondos privados, ya que pueden ser auxilio en momentos de desempleo, para financiar educación superior o para la adquisición o mejora de vivienda, entre otros. Sin embargo, poco se conoce de la posibilidad de ser usadas para el pago de impuesto de predial.
Dentro de los usos que pueden darle los afiliados al ahorro en cesantías, está la destinación de retiros parciales para el pago de la obligación tributaria del impuesto predial, según el fondo en el que estén las cesantías cambian los requisitos y formas de realizar el trámite tanto virtual como presencial.
La documentación que se exigen para esto son básicamente la fotocopia de la cedula del empleado a nombre de quien están las cesantías, la carta emitida por el empleador en la que se indique el monto, el concepto y el beneficiario del pago, pues es la empresa la que se obliga a vigilar la inversión correcta de las cesantías.
Cuando el afiliado posee varios inmuebles, debe ser utilizado para el pago del impuesto predial en el que habita él o su cónyuge, aun cuando el inmueble este por completo a nombre su cónyuge o compañero permanente, esto debe estar siempre autorizado por el empleador.
Estas cesantías se pueden pedir en cualquier momento y la única condición es que quien la solicita cumpla con los requisitos de Ley. Dependiendo del fondo, el dinero se recibe el mismo día o en días posteriores.
Para realizar este trámite primero identifique en que fondo se encuentran sus cesantías, consulte los requisitos en la entidad, y luego solicite a su empleador la autorización para realizar este pago del impuesto.