El pasado 8 de marzo de 2021, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular 022 de 2021, donde expresa la posición frente a la exigencia de pruebas de covid, por parte del empleador a trabajadores y aspirantes a un puesto de trabajo, presentando una serie de supuestos y el tratamiento debido para cada uno.
Para el supuesto general en un proceso de selección los empleadores no pueden solicitar prueba o test de COVID-19 a los aspirantes a un cargo como requisito para participar en un proceso de contratación. Esto con fundamento en los artículos 13 y 15 de la constitución nacional donde se promulga “La igualdad y la protección especial del derecho al trabajo frente a formas de discriminación”.
Por otra parte, si un trabajador presenta síntomas de COVID-19, en el marco de la Resolución 666 de 2020 y con el fin de velar por la salud del trabajador y de sus compañeros de trabajo, el empleador podrá remitirlo a realizarse una prueba o test de COVID-19 y deberá asumir los costos de esta, sin que el resultado de la prueba pueda poner en riesgo la continuidad de la relación laboral.
Así mismo, los empleadores deben garantizar el derecho a la intimidad y privacidad de la salud de sus trabajadores o aspirantes a un cargo, el resultado de la prueba no puede dar pie a la discriminación y por consiguiente a la afectación negativa del trabajador, solo debe ser la base para tomar las medidas necesarias que se encaminen a la protección y apoyo de los trabajadores, por lo tanto, no es viable exigir que el trabajador o aspirante allegue una prueba de COVID-19, para permanecer o ser contratado.
Por último, el Ministerio insistió que es responsabilidad del empleador desplegar mecanismos y acciones para proteger la salud de los empleados, también evaluar que oficios se pueden desarrollar en modalidad remota, debe garantizar las medidas de higiene y la dotación de elementos de bioseguridad a sus empleados.

