A mediados del mes de marzo de este año, el congreso de la república aprobó el texto final del proyecto de ley 352 de 2020 en Senado y 429 de 2020 en Cámara, por el cual se “regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones, busca dar normas claras a las personas que hacen uso de esta figura.
Es esencial precisar que el ‘trabajo en casa’ aprobado en las últimas horas, no es lo mismo que Teletrabajo, pues Teletrabajo ya está regulado por la ley 1221 de 2008, se define como la forma en la que el empleado es vinculado a la empresa. Mientras que, como ya se ha dicho, la modalidad de trabajo en casa responde a una situación particular.
El objetivo principal de esta es ley es que el trabajo en casa no vulnere ni afecte la vida personal de los trabajadores, para eso define asuntos como la desconexión laboral, explicada como “la garantía y el derecho que tiene todo trabajador y servidor público a disfrutar de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, feriados y licencias con el fin de conciliar su vida personal, familiar y laboral”. Para esto, al empleador se le ordena abstenerse de hacer cualquier tipo de requerimiento fuera de la jornada laboral.
El trabajo en casa tiene naturaleza transitoria, solo puede usarse esta modalidad por tres meses, prorrogables una sola vez por el mismo término. Si las circunstancias que llevaron al trabajo en casa persisten, se podrá seguir laborando bajo esta modalidad hasta que cesen.
En cuanto a los insumos para trabajar, la norma define que estos pueden ser los equipos personales del empleado, pero si hay un acuerdo con la empresa o entidad que contrate. De no ser este el caso, es el empleador el que tiene que suministrar los equipos. Frente al tema del pago de los servicios, sobre todo, de internet, la normativa expresa que los empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos se les reconocerá un subsidio de conectividad digital. Este subsidio será cubierto con el dinero del auxilio de transporte.
También se define que la ARL a la que esté afiliado el empleador tendrá que “promover programas para garantizar condiciones de salud física y mental, así como la seguridad en el trabajo”. Y el empleador tendrá que promover programas de bienestar y capacitación. Frente a este proyecto de ley, solo falta la sanción presidencial para convertirse en ley.