Recientemente, el presidente Laurentino Cortizo Cohen firmó el Decreto Ejecutivo No. 343 de 7 de julio de 2020, donde se incluyó a Colombia en la lista de países que recibirá información tributaria de la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá.
Este decreto establece que las instituciones financieras panameñas están en la obligación de entregar información a la autoridad en materia de impuestos del país, luego esta información de manera automática se va a intercambiar con los países que estén suscritos en el marco del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes.
El fin de este acuerdo, es cooperar internacionalmente contra la evasión fiscal, impulsar el principio de transparencia y combatir el mal uso de los sistemas financieros. El intercambio de información automático tendrá lugar antes de septiembre, cuando la DIAN estima que recibirá unos 150.000 registros de colombianos que, al 31 de diciembre de 2019, tenían saldos de cuentas comerciales, cuentas de depósito en bancos panameños, cuenta en custodia, ciertos productos de seguro, cuenta de inversión entre otros.
Este intercambio, se va a realizar para beneficios de la DIAN antes de que se venza el plazo de la normalización tributaria que es un impuesto que se causa por la posesión de activos que fueron omitidos o pasivos inexistentes al 1° de enero de 2020, pagando el 15% de impuesto sobre estos, si lo hacen antes del 25 de septiembre de 2020, evitándose así sanciones por la no declaración de estos que puede acarrear además de multa del 20% del valor de los activos omitidos, una pena privativa de la libertad que va de 48 a 108 meses.