Desde el viernes 24 de julio del presente año, entró en vigencia la Ley 2027 de 2020 por la cual se decreta la posibilidad de acordar formas de pago y alivio para los montos correspondientes a deudas por multas del CNT (Código Nacional de Transito) por una única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020.
El alivio promulgado consiste en un descuento: 50 % del total de su deuda y del 100 % de sus respectivos intereses. Para los infractores que tengan pendientes pago de las multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago de multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2020. La única excepción es para quienes estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas de que trata la Ley 1696 de 2013.
Todos aquellos que se suscriban a la ley tendrán un plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de suscripción para pagar lo debido y para lo cual las autoridades de tránsito territoriales aplicarán lo dispuesto en sus manuales de cartera. Para acceder este alivio se puede dirigir a los organismos de tránsito o el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito) en cualquiera de sus oficinas en el territorio o con aquellos entes públicos o privados con los que los organismos de tránsito hayan suscrito o suscriban contratos y convenios.
Quienes incumplan las formalidades del acuerdo perderán los beneficios de la ley y tendrán que pagar la totalidad del monto tanto de su multa como de los intereses. Además, se procede a reportar la novedad al SIMIT.