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AMNISTÍA PARA INFRACTORES DE MULTAS DE TRÁNSITO

Desde el viernes 24 de julio del presente año, entró en vigencia la Ley 2027 de 2020 por la cual se decreta la posibilidad de acordar formas de pago y alivio para los montos correspondientes a deudas por multas del CNT (Código Nacional de Transito) por una única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020.

El alivio promulgado consiste en un descuento: 50 % del total de su deuda y del 100 % de sus respectivos intereses. Para los infractores que tengan pendientes pago de las multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago de multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2020. La única excepción es para quienes estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas de que trata la Ley 1696 de 2013.

Todos aquellos que se suscriban a la ley tendrán un plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de suscripción para pagar lo debido y para lo cual las autoridades de tránsito territoriales aplicarán lo dispuesto en sus manuales de cartera. Para acceder este alivio se puede dirigir a los organismos de tránsito o el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito) en cualquiera de sus oficinas en el territorio o con aquellos entes públicos o privados con los que los organismos de tránsito hayan suscrito o suscriban contratos y convenios.

Quienes incumplan las formalidades del acuerdo perderán los beneficios de la ley y tendrán que pagar la totalidad del monto tanto de su multa como de los intereses. Además, se procede a reportar la novedad al SIMIT.

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