Si desea emplear a un extranjero en Colombia debes tener presentes las clases de visas para su contratación, que de acuerdo con la reglamentación del Ministerio de Relaciones Exteriores son ocho tipos de visas diferentes según la actividad u oficio del trabajador.
- La visa TP-4 está dirigida a grupos artísticos, deportivos o culturales que ingresen al territorio nacional con el propósito de brindar un espectáculo público. Su vigencia es de tres años y podrá tener múltiples entradas durante la estadía en el país.
- La visa TP-7 es para personas pensionadas o que sean rentista de capital, socios o propietarios, propietarios de inmuebles; o para quienes van a ejercer actividades independientes, su vigencia es de un año y múltiples entradas.
- La visa de tipo TP-9 ofrece oportunidades a las personas que por motivos quizás políticos se definan como refugiados o asilados. Su vigencia es de cinco años.
- La visa TP-10 es para extranjeros que necesiten ingresar al país como cónyuge o compañero(a) permanente de un colombiano por tres años.
- La visa TP-12, es por si la compañía simplemente necesita asistencia de personal por un evento, capacitación o cubrimiento periodístico; esta permitirá instalarse durante 90 días con múltiples entradas.
- La de tipo TP-13 como la TP-12, permite ingresar al extranjero y permanecer 180 días, con o sin contrato de trabajo. Este permiso es para quienes brinden asistencia técnica especializada a entidades públicas o privadas.
- Por último, las de tipo TP-15 y TP-16 permite la contratación de extranjeros que hagan parte de los Estados de Mercosur y sus asociados; y aquellos que vienen a trabajar mientras pasan una temporada de vacaciones. Su vigencia es de dos años y un año respectivamente.
Y ten presente que si deseas vincular a un extranjero laboralmente tendrás que ofrecerle todas las garantías económicas que por ley se establece.