Recientemente, el Ministerio de Hacienda publicó el proyecto de Decreto que definiría los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos en el 2021 referente al año gravable 2020. El periodo para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, es entre el 12 y el 23 de abril de 2021, atendiendo al último dígito del NIT registrado en el RUT. Además, estos contribuyentes deberán cancelar el valor del impuesto a cargo y el anticipo del impuesto de renta en tres cuotas según las fechas definidas por el proyecto.
También, se plantea en el texto que el tope para los obligados a declarar el impuesto de renta tratándose de personas naturales y sucesiones ilíquidas, el tope para el patrimonio bruto del año gravable 2020 será que no exceda de 4.500 UVT $160.232.000 y para ingresos brutos inferiores, consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos, movimientos financieros no supere 1.400 UVT $49.850.000.
Así mismo, los responsables del IVA, tanto grandes contribuyentes como aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del 2020 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.275.844.000), al igual que los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, presentarían la declaración del IVA de manera bimestral. Los responsables del IVA, cuyos ingresos brutos sean inferiores a 92.000 UVT ($3.275.844.000), presentarían la declaración del IVA de manera cuatrimestral.
Los contribuyentes del régimen simple responsables del IVA presentarían la declaración anual consolidada dicho impuesto, correspondiente al año gravable 2020, a más tardar entre el 22 y el 26 de febrero de 2021, dependiendo del último dígito del NIT del declarante. Este proyecto de Decreto está abierto a comentarios por lo que las fechas acá mencionadas pueden estar sujetas a cambios.