El pasado 14 de septiembre de 2020, el Gobierno Nacional expidio el decreto 1233, donde se consagra la entrega de 100.000 subsidios para la compra de vivienda no VIS (vivienda de interés social), el monto de los subsidios es de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a 438 millones de pesos, que serán mensualmente de $439.000 pesos. Este subsidio es para compras de vivienda con créditos hipotecarios y operaciones de leasing habitacional con precios entre 118 y 438 millones en la mayoría del país, y para algunas regiones entre 131 y 438 millones.
Este subsidio estará disponible hasta diciembre de 2022 o hasta que se agoten las 100.000 existencias, las coberturas serán entregadas durante los primeros 7 años, por lo que equivale a 42 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que en pesos equivalen a $36.867.726 que el gobierno le entregará para la compra de su vivienda. Este beneficio tiene una cobertura plana, lo que significa que será un valor estándar sin importar el valor del crédito.
De los 100.000 subsidios, 60.000 estarán dirigidos exclusivamente a compra de primera vivienda, mientras que los 40.000 restantes podrán utilizarse para compra de segunda vivienda. Los requisitos para postularse es no haber recibido subsidios de vivienda por parte del Gobierno y/o las Cajas de Compensación Familiar ni cobertura a la tasa de interés. Este programa no tiene restricciones en cuanto al salario del postulante.
Este subsidio, puede terminar anticipadamente debido al pago anticipado del crédito o por hacer uso de la opción de compra tratándose de contratos de leasing habitacional, por mora en el pago de tres cuotas o cánones consecutivos a cargo del deudor o locatario del leasing habitacional. En este caso, la cobertura se perderá a partir del día siguiente al vencimiento de la última cuota o canon incumplido. También, por petición del deudor o locatario, por cesión del crédito por parte del deudor, excepto en los casos en que se ceda entre los titulares originales del crédito y cuando el nuevo deudor principal cumpla con las condiciones establecidas y finalmente, por cesión del contrato de leasing habitacional por parte del locatario, excepto en los casos en que se ceda entre los titulares originales de la operación y cuando el nuevo deudor principal cumpla con las condiciones establecidas.