El ministerio de trabajo expidió el Decreto 555 del 9 de abril del 2022, con el fin de regular el trabajo remoto, este decreto regula las condiciones aplicables a las relaciones laborales entre empleadores del sector privado y trabajadores remotos.
Estos son algunos de los ítems sobre el trabajo remoto que se reguló:
- Las condiciones de trabajo, las condiciones físicas del puesto de trabajo en el que se prestará el servicio contratado.
- La relación de los elementos de trabajo que se entregarán al trabajador remoto para el desarrollo efectivo de sus funciones.
- Las medidas de seguridad informática que debe conocer y cumplir el trabajador remoto.
- Las circunstancias excepcionales en que se podrá requerir al trabajador para que concurra al centro de trabajo, de acuerdo con lo señalado en el artículo 16 de la Ley 2121 de 2021.
También se podrá determinar un modelo de alternancia, con unos días de la semana presenciales y otros a través de trabajo en casa, sin que esto signifique una remuneración adicional.
Obligaciones del empleador tales como:
- Allegar a la Administradora de Riesgos Laborales la copia del contrato de trabajo del trabajador remoto y diligenciar el formulario adoptado para tal fin.
- Informar a la Administradora de Riesgos Laborales el lugar elegido para la prestación del servicio, así como cualquier cambio de lugar.
- Incluir el trabajo remoto en su metodología para la identificación, evaluación, valoración y control de peligros y riesgos de la empresa, adoptando las acciones necesarias según su Plan de Trabajo anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Suministrar al trabajador remoto equipos de trabajo seguros y medios de protección adecuados en la tarea a realizar.
- Verificar de forma virtual las condiciones de higiene y seguridad industrial del lugar donde el trabajador remoto desarrollará las funciones, con la asesoría de la ARL a la que se encuentre afiliado.
Obligaciones del trabajador remoto:
- Participar en las actividades de prevención y promoción organizadas por la empresa, el Comité Paritario de Salud Ocupacional, o el Vigía Ocupacional.
- Participar en la prevención de los riesgos laborales, reportar accidentes de trabajo, enfermedades laborales, incidentes, e incapacidades.
- Asegurarse de cumplir con las normas y atender las recomendaciones del empleador y la Administradora de Riesgos Laborales.
- Atender las instrucciones respecto de seguridad informática, efectuadas por el empleador.
Este decreto empezó a regir a partir de su promulgación el 9 de abril de 2022.