Con la entrada en vigencia de la Ley 2155 de 2021 sancionada el 14 de septiembre, llamada la Ley de inversión social no solo incorpora cambios normativos fiscales y tributarios, sino que también se consagro una amnistía a los morosos tanto en organismos de tránsito como entidades públicas del orden municipal, departamental y nacional.
Desde su artículo 45 la ley 2155 estipula las condiciones para los cuales aplican estos alivios que permiten hasta el 31 de diciembre de 2021, pagar o hacer acuerdos de pago con descuentos aplicados dependiendo de la entidad y/o organismos públicos con los cuales se tenga una obligación en mora al 30 de junio del 2021, estos organismos pueden ser la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la Unidad de Gestión de Parafiscales (UGPP), secretarias de tránsito entre otros.
Para la obligaciones y sanciones en materia aduanera, cambiaria o tributario administradas por la DIAN, además de los impuestos, tasa y contribuciones del orden territorial, que se paguen hasta el 31 de diciembre de 2021, y para los acuerdos de pago sobre las obligaciones en mora al 30 de junio de 2021, y cuyo Incumplimiento se haya generado o agravado como consecuencia de la pandemia del covid, las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán con una reducción del 20 % del capital o monto final de la sanción
Además, la tasa de interés moratoria será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al 20 % de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Con respecto a las multas e infracciones de tránsito para los carros, desde que inicia la ley hasta los 8 meses solo pagan el 50% del capital y tienen un descuento del 100 % en intereses. Entre el 9° mes y el 12° pagan 80 % de capital tendrán un descuento del 100 % en intereses. Para los motociclistas hasta los 6 meses, solo pagarán el 20% del capital y tienen un descuento del 100 % de intereses. Entre el 7° mes y 8° pagarán el 40 % de capital y el 100 % de descuento en intereses; entre 9° mes y el 12° pagarán el 60 % de capital e igualmente obtendrán el 100 % de descuento en intereses.
Finalmente se aclara que estos beneficios no se aplicarán para el pago de multas por infracciones a las normas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas; y cuyas sanciones penales y administrativas están establecidas en la Ley 1696 de 2013. Cabe resaltar que cuando se incumpla el acuerdo de pago pactado con alguna de las entidades se procederá a el procedimiento de cobro coactivo por el 100% de la obligación ya que este acuerdo de pago presta merito ejecutivo.
Humberto Rodriguez G.