Con el fin de aliviar la carga financiera de los deudores afectados económicamente por el Coronavirus, y además buscando garantizar la prestación de los servicios financieros en el país y flexibilizar algunos requerimientos la Superfinanciera emite las siguientes medidas:
En primer lugar, la entidad anunció que, las entidades financieras podrán establecer nuevas condiciones transitorias para sus créditos, diligencia que se efectuará dando prioridad a los sectores más vulnerables frente a la emergencia sanitaria, los créditos que se verán beneficiados no podrán tener, al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.
La Superfinanciera indicó que «los cambios a las condiciones iniciales los créditos pueden contemplar periodos de gracia de acuerdo con el análisis de cada entidad», pero aclaró que los periodos de gracia no implicarán el cierre de los cupos ya aprobados.
Igualmente, las entidades vigiladas deberán dar a conocer las políticas adoptadas y «poner a disposición de sus clientes mecanismos de atención prioritaria para tramitar y resolver de manera ágil, las solicitudes y quejas en relación con las medidas previstas».
La Superfinanciera definió como práctica abusiva de los establecimientos de crédito «el aumento del costo o tarifa de las transacciones realizadas a través de canales no presenciales durante los próximos 120 días», e indicó que deberán mantener la prestación del servicio en las oficinas, siempre y cuando las condiciones así lo permitan y adoptar las medidas necesarias para reducir el tiempo de permanencia de los consumidores financieros. Además, ordena el uso de canales digitales para la prestación del servicio, con medidas para las entidades como la posibilidad de incrementar los montos transaccionales de las operaciones realizadas a través de canales no presenciales.