Pexels Karolina Grabowska 6214840 E1611586508640 1024x948

RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN TRASLADO VOLUNTARIO HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021

El Régimen Simple de Tributación (RST) es un sistema de tributación donde se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN, rige a partir del año 2019 y al que pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como personas jurídicas que cumplan con los requisitos. En este sistema, los impuestos como el IVA, consumo, ICA, avisos y tableros y sobretasa bomberil se integran y se sustituye el impuesto de renta donde las tarifas están entre el 1.8 % y el 14.5 % y su aplicación dependerá de los ingresos brutos y de la actividad empresarial desarrollada. Es decir, son muy inferiores a las del impuesto sobre la renta, ya que en una presentación se declaran todos los impuestos que correspondan.

Para acceder a este hay que cumplir con los siguientes requisitos:
 Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria (no ESAL), cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
 Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT, que equivalen a $2.848.560.000 para el 2020. Las particularidades del cálculo de este valor lo encuentran en el artículo 905 del Estatuto Tributario
 Que cumplan y este al día las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.

En el Estatuto Tributario se establecieron las tarifas tanto para los pagos de anticipos como para la declaración anual del RST, las cuales están determinadas tanto por la actividad que realiza el contribuyente, como por el rango de ingresos que este tenga.

Para inscribirse en este régimen y si ya cuenta con el RUT:
1. Verifique si usted aplica para inscribirse en el RST en la página de la DIAN, tiene hasta el 31 de enero de 2021.
2. Ingrese a la página web de la DIAN en usuario registrado con los datos habituales del portal transaccional.
3. Ingrese al tablero de control en el icono “Optar por el Régimen Simple” y pulse el botón “CONTINUAR” para iniciar la actualización.

*Nota: el icono de “Optar por el Régimen Simple” solo le aparecerá si usted está registrado en el RUT y ejerce actividades económicas incluidas en el Régimen Simple.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *