En el mes de julio del presente año, se expidio la Ley 2024 del 23 de julio de 2020 que tiene por nombre la Ley de pago de plazos justos. Con el fin de desarrollar el principio de buena fe contractual, mediante la adopción de una serie de medidas que protejan a las personas naturales y jurídicas que sean sometidas a condiciones contractuales gravosas en relación con los procedimientos y plazos de pago y facturación de sus operaciones comerciales, incorporando la obligación de pago en plazos justos.
El objeto es impulsar y proteger a las micro, pequeñas y medianas empresas (personas naturales o jurídicas) permitiendo que reciban los pagos de sus operaciones mercantiles en un plazo reglamentado. Estos tiempos máximos de pago no aplican para las operaciones entre grandes compañías.
La entrada en vigencia de esta ley es a partir del 1 de enero de 2021, comerciantes y no comerciantes que celebren actos de comercio deberán pagar las obligaciones con proveedores y contratistas a más tardar a los 60 días calendario siguientes a la prestación del servicio o entrega del bien; a partir del segundo de año de la entrada en vigor de la norma, el plazo será de 45 días calendario.
Este plazo es improrrogable y se calcula a partir de la fecha de recepción de las mercancías o terminación de la prestación de los servicios. Así mismo, los contratos estatales que se celebren con las micro, pequeñas o medianas empresas tendrán un plazo máximo de 60 días para realizar el pago acordado.
Cuando el contratante incurra en mora por el vencimiento del plazo de pago justo dispuesto en la norma, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costos de cobro debidamente acreditados en los que haya incurrido a causa de la mora de este. En la determinación de estos costos de cobro se aplicarán los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal.