El derecho de petición es una herramienta con la que las personas pueden participar para solicitar ante un ente determinado la revisión de lo ocurrido y el procedimiento, en este caso, la imposición del comparendo electrónico; según lo señala el artículo 23 de la Constitución Política y del artículo 13 de la ley 1755 (ley que regula el derecho fundamental de petición).
Al tenor del artículo 1939 del Código Civil, por el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar a cosa vendida, reembolsando al comprador la cantidad determinada que se estipule o en defecto de esta estipulación lo que haya costado la cosa. En este orden, el pacto de retroventa que siempre ha de estipularse como accesorio del contrato de compraventa y no como algo independiente de éste, consiste en una verdadera condición resolutoria expresa que se cumple cuando el vendedor ejerce la facultad que se reserva de recobrar lo vendido reembolsando su precio o la cantidad que se haya determinado.
La anticresis es un contrato por el que se entrega al acreedor un bien inmueble para que se pague con sus frutos. Tal bien puede pertenecer al deudor o a un tercero que consienta en la anticresis.
El contrato de anticresis no da al acreedor, por sí sola, ningún derecho real sobre la cosa entregada.
n anticresis.
El contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente, y la otra a pagar por este goce un precio determinado.
El artículo 1967 del Código Civil autoriza la cesión de derechos hereditarios. Conforme con esta norma, el que cede a título oneroso un derecho de herencia o legado sin especificar los efectos de que se compone, se hace responsable sólo de su calidad de heredero o legatario.
Según el artículo 1969 del código Civil se cede un derecho litigioso cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la litis, del que no se hace responsable el cedente. Se entiende litigioso un derecho desde que se notifica judicialmente la demanda.
Conforme con el artículo 2200 del Código Civil, el comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o inmueble, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Este contrato se perfecciona con la tradición de la cosa.
Compraventa con reserva de dominio. Es una modalidad del contrato de compra y venta que lleva incorporada una garantía para que el comprador pague el precio aplazado. El vendedor mantiene su derecho de propiedad sobre la cosa vendida no obstante la entrega hasta que el comprador complete el pago del precio.
La promesa de compraventa es un contrato de los llamados preparatorios, que es bilateral y en el cual las partes se comprometen, la una a comprar y la otra a vender, llamándose la primera promitente comprador y la segunda promitente vendedor.
El usufructo puede constituirse por Ley, por la voluntad del hombre o por prescripción. Se puede establecer por contrato. Para poder establecer un usufructo se necesita ser propietario de la cosa y capacidad para enajenar.
El pagaré es un título de crédito en el que el emisor se compromete a pagar una suma económica a un beneficiario antes de una fecha determinada. Este documento privado puede ser utilizado como instrumento público y se denomina título de crédito porque el tenedor podrá exigir el cumplimiento del pago del mismo dentro de los términos acordados.
La solicitud de dicho trámite debe realizarse ante un notario, preferiblemente en la notaría donde se encuentra el registro civil de nacimiento original.
La solicitud debe presentarse por escrito y contener el nombre del notario a quien se dirige y el nombre y cédula de ciudadanía de la persona solicitante.
Se conocen con el nombre de capitulaciones matrimoniales las convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio, relativas a los bienes que aportan a él, y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o futuro.